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Año 7 326 – 25 de Agosto de 2013
ROGÉRIO COELHO
rcoelho47@yahoo.com.br
Muriaé, MG (Brasil)
 
Traducción
Isabel Porras Gonzáles - isy@divulgacion.org
 
 

Rogério Coelho

La prohibición de Moisés

Al tiempo de Moisés la evocación de los muertos no se respaldaba en los sentimientos de respeto, afecto, o piedad para con ellos


(Parte 1) 

 “(...) Y entre vosotros nadie haya que consulte A los que
tienen el Espíritu de Píton y se proponen adivinar,
interrogando a los muertos para saber de la verdad
.”

Moisés (Deuteronómio, 13:9 a 12.)


Además de prohibir el intercambio indiscriminado con los Espíritus, Moisés manda, también, apedrear a la mujer adultera; matar y enterrar el buey que hirió a alguien... ¿Será que en los días de hoy esas leyes aún son obedecidas?

Allan Kardec enseña lo siguiente1:

“Si la ley de Moisés debe ser tan rigurosamente observada en un punto, por fuerza es que lo sea igualmente en todos los otros. ¿Por qué sería ella buena en lo tocante a las evocaciones y mala en otras partes? Es preciso ser consecuente. Desde que se reconoce que la ley mosaica no está más en consonancia con nuestra época y costumbres en dados casos, la misma razón procede para la prohibición de que tratamos. Demasiado, es preciso exponer los motivos que justificaban esa prohibición y que hoy se anularon completamente: El legislador hebreo quería que su pueblo abandonara todas las costumbres adquiridas en Egipto, donde las evocaciones estaban en uso y facilitaban abusos, como se deduce de estas palabras de Isaías: “El Espíritu de Egipto se aniquilará a sí mismo y yo precipitaré su consejo; ellos consultarán a sus ídolos, sus adivinos y a sus pitones”.

Los israelíes no debían contraer alianzas con las naciones extranjeras, y sabido era que en aquellas naciones que iban a combatir encontrarían las mismas prácticas. Moisés debía, pues, por política, inspirar a los hebreos aversión a todas las costumbres que pudiera tener semejanzas y puntos de contacto con el enemigo.   Para justificar esa aversión, preciso era que presentara tales prácticas como reprobadas por el propio Dios, y que estas palabras: “El Señor abomina todas esas cosas y destruirá, a vuestra llegada, las naciones que cometen tales crímenes”.

Existen dos partes distintas en la ley de Moisés – La prohibición de Moisés era asaz justa, porque las evocaciones de los muertos no se originaba en los sentimientos de respeto, afecto, o piedad para con ellos, siendo antes un recurso para adivinaciones, tal como en los augurios y presagios explotados por el charlatanismo y por la superstición. Esas prácticas, al parecer, también eran objeto de negocios, y Moisés, por más que hiciera, no consiguió desentrañarlas de las costumbres populares.

Esas prácticas supersticiosas se perpetuaron hasta la Edad Media, pero hoy la razón predomina al tiempo que el Espiritismo vino a mostrar el fin exclusivamente moral, consolador y religioso de las relaciones del más allá de la tumba.

Hay dos partes distintas en la ley de Moisés: la Ley de Dios propiamente dicha, promulgada sobre el Sinaí, y la ley civil o disciplinaría, apropiada a las costumbres y al carácter del pueblo. Una de esas leyes es invariable, mientras que la otra se modifica con tiempo, y a nadie le ocurre que podamos ser gobernados por los mismos medios porque lo eran los judíos en el desierto. Quién pensaría hoy, por ejemplo, revivir este artículo de la ley mosaica2: “Si un buey hiere a un hombre o mujer, que de eso mueran, sea el buey apedreado y nadie coma de su carne; pero el dueño del buey será juzgado inocente”.

Este artículo nos parece absurdo, no tenía, sin embargo, otro objetivo sino el de castigar al buey y hacer inocente al dueño, equivaliendo simplemente a la confiscación del animal, causa del accidente, para obligar al propietario la mayor vigilancia. La pérdida del buey era el castigo que debía ser bien sensible para un pueblo de pastores, a punto de dispensar otra cualquiera; sin embargo, esa pérdida a nadie aprovechaba por ser prohibido comer la carne.

¿Habría Jesús modificado la ley mosaica? – Todo tenía razón de ser en la legislación de Moisés, ya que ella todo prevé en sus mínimos detalles, pero la forma, así como el fondo, se adaptaba a las circunstancias ocasionales. Si Moisés volviera a nuestros días para legislar sobre una nación civilizada, seguro no le daría un código igual al de los hebreos.

La esta objeción opone la afirmación de que todas las leyes de Moisés fueron dictadas en nombre de Dios, así como las del Sinaí. Pero juzgándolas todas de fuente divina, ¿por qué al Decálogo limitan los mandamientos? ¿Cual es la razón de ser de la diferencia? ¿Pues no es cierto que si todas las leyes emanan de Dios deben ser igualmente obligatorias? ¿Y por qué no conservan la circuncisión, a la cual Jesús se sometió y no abolió? ¡Ah! Olvidan que, para dar autoridad a sus leyes, todos los legisladores antiguos les atribuyeron un origen divino. Pues bien: Moisés, más que ningún otro, tenía necesidad de ese recurso, atento al carácter de su pueblo; y si, a despecho de eso, él tuvo dificultades en hacerse obedecer, ¿que no sucedería si las leyes fueran promulgadas en su propio nombre? ¿No vino Jesús a modificar la ley mosaica, haciendo de su Ley el código de los cristianos? No dijo Él: “¿Vosotros sabéis lo que fue dicho a los antiguos, tal y tal cosa, y yo os digo tal otra cosa?” Sin embargo, Jesús no proscribió, antes sancionó la Ley del Sinaí, de la cual toda su Doctrina moral es un desdoblamiento.

Ahora, Jesús nunca aludió en parte alguna a la prohibición de evocar a los muertos, cuando este era un asunto bastante grave para ser omitido en sus predicaciones, principalmente habiendo Él tratado de otros asuntos secundarios.

¿Tendrán los diversos cultos recelo de las manifestaciones? – Si Moisés prohibió evocar a los muertos, es que estos podían venir, pues de lo contrario inútil sería la prohibición. Ahora, si los muertos podían venir en aquellos tiempos, también lo pueden hoy. Si los Espíritus se perturbaran o se irritasen con nuestras llamadas, cierto lo dirían y no volverían; sin embargo, en las evocaciones, libres como son, si se manifiestan es porque les conviene.

Todas las razones alegadas para condenar las relaciones con los Espíritus no resisten a un examen serio. Por el ardor con que se combate en ese sentido es fácil deducir el gran interés conectado al asunto. De ahí la insistencia. Viendo esta cruzada de todos los cultos contra las manifestaciones, se diría que de ellas se atemorizan.

El verdadero motivo podría bien ser el recelo de que los Espíritus, mucho más esclarecidos, vinieran a instruir a los hombres sobre los puntos que se pretende obscurecer, dándoles conocimiento, a la vez, de la certeza de uno u otro mundo, al corriente de las verdaderas condiciones para que en el sean felices o desgraciados. La razón debe ser la misma porque se dice al niño: – “No vayas allá, que hay hombres lobos”.  Al hombre dicen: “No llaméis a los Espíritus: son el diablo”. No importa, sin embargo: – impiden los hombres de evocarlos, pero no podrán impedirlos de venir a los hombres para levantar la lámpara debajo del celemín.

El culto que esté con la verdad absoluta nada tendrá que temer la luz, pues la luz hace brillar la verdad y el demonio (que, de hecho, no existe) nada puede contra ella.

Repeler las comunicaciones del más allá de la tumba es repudiar el medio más poderoso de instruirse, ya por la iniciación en los conocimientos de la Vida Futura, ya por los ejemplos que tales comunicaciones nos suministran.

¿Será benéfico a los Espíritus interdecir las comunicaciones? – La experiencia nos enseña, además de eso, el bien que podemos hacer, desviando del mal a los Espíritus imperfectos, ayudando a los que sufren a desprenderse de la materia y a perfeccionarse. Interdecir las comunicaciones es, por lo tanto, privar a las Almas sufridoras de la asistencia que les podemos y debemos dispensar.

Las siguientes palabras de un Espíritu resumen admirablemente las consecuencias de la evocación, cuando es practicada con fin caritativo:

“Todo Espíritu sufridor y desolado os contará la causa de su caída. Los desvaríos que lo perdieron. Esperanzas, combates y terrores; remordimientos, desesperaciones y dolores, todo os dirá, mostrando a Dios justamente irritado a castigar al culpable con toda la severidad. Al oírlo, dos sentimientos os acometerán: ¡el de la compasión y el del temor! Compasión por él, temor por vosotros mismos. Y si lo seguís en los lamentos, veréis, entonces, que Dios jamás lo pierde de vista, esperando al pecador arrepentido y extendiéndole los brazos compasivos luego que busque regenerarse. Del culpable veréis, finalmente, los progresos benéficos para los cuales tendréis la felicidad y la gloria de contribuir, con la solicitud y el cariño del cirujano acompañando la cicatrización de la herida que piensa diariamente”.

Muchas criaturas que ya frecuentan las reuniones mediúmnicas, cuando son preguntadas por qué lo hacen, responden equivocadamente: “es para hacer la caridad”. Sólo que se olvidan de hablar que la caridad es para con ellas mismas, porque viendo lo que ocurre con los Espíritus condenados y entendiendo por qué ellos cayeron en la situación infeliz, seguro que no van a hacer lo mismo que ellos, aprendiendo, así, con la situación de los infelices.



 


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Revista Semanal de Divulgación Espirita